Aplicar la LOSU en materia de personal docente e investigador implicaría para las universidades públicas un coste de 844 millones

Aplicar la LOSU en materia de personal docente e investigador implicaría para las universidades públicas un coste de 844 millones
Los autores José Antonio Pérez y Juan Hernández Armenteros; la presidenta de Crue, Eva Alcón; el adjunto a la Presidencia, Juan Julià, y la secretaria general, María Teresa Lozano

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La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) ha participado este martes, 12 de diciembre, en la presentación a los medios de comunicación del informe monográfico «Financiación pública en la Ley Orgánica del Sistema Universitario», realizado por los expertos José Antonio Pérez (Universitat Politécnica de València) y Juan Hernández Armenteros (Universidad de Jaén), y editado por esta asociación. En este encuentro ha participado la presidenta de CRUE y rectora de la Universitat Jaume I, Eva Alcón.

«Este es uno de los mayores retos que tenemos en estos momentos. La LOSU se tiene que desarrollar en cada uno de los campus universitarios. Desde las universidades estamos convencidos de que la Administración General del Estado debe aportar los recursos necesarios a las comunidades autónomas y estas, a su vez, deben asumir su parte para la aplicación de la ley», ha afirmado la presidenta de CRUE.

Las estimaciones de los expertos

La monografía eleva a 3.135 millones de euros adicionales (con el último dato del PIB de septiembre ascienden a 3.180 millones) la aplicación del artículo 55, apartado 2, de la LOSU, que establece el compromiso de alcanzar una financiación pública, como mínimo, del 1% del PIB del conjunto del Estado en materia universitaria. En la actualidad, esta se sitúa en el 0,75% del PIB, lo que implica un incremento del 0,24%, según los autores de la publicación, que advierten, además, de que la Memoria de la ley no valora el importe monetario que supondría este incremento del gasto público previsto en el artículo 55. También sostienen que este objetivo de gasto público no se ha consultado con las haciendas autonómicas.

En materia de personal docente e investigador, la aplicación de las disposiciones de la nueva ley supone un coste directo extra para las universidades públicas de al menos 844 millones de euros, un dato que demuestra, según los autores, que la Memoria económica de la LOSU no refleja la realidad de los costes que exige su aplicación. Asimismo, señalan que estos costes inducidos, deben ser financiados directamente por los Presupuestos Generales del Estado, al mismo ritmo temporal que requiere la aplicación del articulado de la Ley.

Así, según el calendario de aplicación de la LOSU, en 2024, las universidades públicas deberán hacer frente a los costes de las limitaciones horarias de los docentes de asociados, ayudantes doctores y profesorado permanente por un importe de 225 millones de euros. Para 2030, la reducción de la temporalidad y la mejora de la calidad de la plantilla supondrán un coste adicional para las universidades públicas de 424 millones euros.

Además, la reposición anual de efectivos por jubilación del 120% lleva aparejado el coste adicional para las universidades públicas de 195 millones por el pago de la Seguridad Social, que, hasta ahora lo asumía el Estado, ya que los jubilados cotizaban a MUFACE. De no producirse una financiación adecuada, el informe alerta de que la LOSU devendrá inaplicable por parte de las universidades públicas. Por ello, reitera que los Presupuestos Generales del Estado para 2024 deben recoger necesariamente las dotaciones de crédito necesarias para financiar estos costes.

En cuanto al cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades, el informe monográfico señala que es necesario reforzar la política de becas y ayudas al estudio por un importe de 1.000 millones de euros, priorizando las ayudas a las familias con bajas rentas. Asimismo, para cumplir con el principio de equidad, el documento subraya que, para la asignación de recursos, hay que tener en cuenta las desigualdades del PIB regionales y no la proporción del 1% de cada PIB regional.

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