¿Son los Smart Contracts realmente inteligentes?

¿Son los Smart Contracts realmente inteligentes?

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Dejando claro que esta tecnología, basada en Blockchain, abre un nuevo marco de desarrollo para la creación y ejecución de acuerdos legales, no parece vislumbrarse un cierto consenso sobre lo que las personas quieren decir al referirse a los contratos inteligentes. Amén del aspecto legal.

Para empezar, en bastantes casos, el código falla; ya sea debido a un error de codificación, alguna vulnerabilidad de sus valores, o en la inexactitud de las partes al insertar en el código sus verdaderas intenciones. Pensemos que un código es algo estático en contraposición a las casuísticas humanas, que no lo son. Si ocurriera un evento inesperado, los contratos inteligentes carecerán de la capacidad de evolucionar, ya que probablemente no dispondrán de las pautas sobre cómo proceder.

Creo que también es importante resaltar que, en numerosos casos, los contratos inteligentes existentes, no son legalmente vinculantes. Cualquiera puede crear un contrato inteligente y registrarlos en una cadena de bloques. El hecho de que se ejecuten automáticamente no les da necesariamente validez legal. Dicho de una manera más prosaica, un contrato inteligente es solo el resultado de un acuerdo puesto en código. No es un acuerdo en sí. En el caso de que hubiera un problema o un error, no se podrá demostrar una eventual intención maliciosa en el ámbito concreto de la justicia. Podrán ser contratos automatizados, pero no necesariamente vinculantes legalmente.

En el presente contexto, veamos una definición de un contrato inteligente y sus implicaciones: un acuerdo consensuado entre al menos dos partes para un resultado comercial automatizado e independiente de la satisfacción o no satisfacción, determinado objetivamente a través de un código con una condición fáctica específica.

Dicho lo anterior, los contratos son "inteligentes" en la medida en que son eficientes en el desempeño contractual automatizado y se reduce el riesgo de error humano y las perspectivas de una disputa. La satisfacción de una condición fáctica en particular se puede determinar de una forma programática o a través de un oráculo; pero creo que muchos de los aspectos comerciales, con cierto grado de sofisticación, no son susceptibles de automatización, especialmente, cuando concurren asuntos que requieren de un juicio humano subjetivo, prestaciones de servicio con una gran intervención humana o son necesarias la resolución de determinadas disputas. Por ejemplo, una computadora no puede determinar con precisión sin el contexto de un acuerdo, las partes han efectuado el máximo esfuerzo para obtener una aprobación regulatoria. Desde esta perspectiva, digamos que los contratos no son inteligentes, son deterministas.

En mi opinión, tan solo solo en la medida en que el cumplimiento del acuerdo esté automatizado a través de un código basado en la satisfacción o no satisfacción de una condición previa objetiva, y en función de su atributo de adaptación y respuesta a la infinidad de casuísticas que se desprenden de un acuerdo, en el ámbito de la interacción humana, existirá un contrato inteligente.

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