Aspectos procesales del blockchain: prueba y cooperación procesal penal internacional

Ponencia de Federico Bueno de Mata perteneciente al módulo Cómo nos protege la ley en Internet de C1b3rWall Academy 22/23

Aspectos procesales del blockchain: prueba y cooperación procesal penal internacional

Tiempo de lectura estimado: 6 minutos


Regulación europea de la prueba electrónica 

Desde 2018 existen una serie de iniciativas a nivel europeo que buscaban la cooperación procesal internacional para la obtención y conservación de pruebas electrónicas. El informe publicado en agosto de 2022 sobre la cibercriminalidad en España en el año anterior indica que el 70% de los asuntos tiene carácter transnacional y solo el 16% resulta absolutamente esclarecido, por lo que hay más de un 80% de casos donde todavía existen problemas a nivel de investigación y prueba en los que blockchain supone un revulsivo para cambiar el paradigma.

Lo anterior se convirtió en 2018 para la Unión Europea en una prioridad legislativa, demostrada mediante dos propuestas de directiva y una de reglamento, planteando lo siguiente:

  1. Un mecanismo para la obtención de pruebas electrónicas a través de una orden europea.
  2. Una orden europea de aseguramiento de pruebas electrónicas (conservación de los datos y pruebas en los servidores).
  3. Reglamento por el que se obligaría a todos los proveedores de servicios a designar un representante legal en la Unión Europea.

El segundo protocolo adicional al convenio de Budapest

En abril de 2022 se observa que las iniciativas planteadas en 2018 no van a llegar a buen puerto, por lo que se plantean una serie de medidas adicionales en las que se intenta llegar a un acuerdo de mínimos mediante una adenda.

El uso de blockchain para la conservación y aseguramiento de pruebas electrónicas en procesos penales

Ni el convenio de Budapest ni la adenda entran a sugerir ni siquiera ningún tipo de técnica o tecnología para proceder a la conservación de la prueba electrónica y su aseguramiento. En esa línea, la idea sería una tercera adenda en la que se reflejara este mecanismo como método de conservación. Las ventajas de la tecnología blockchain para la prueba electrónica son las siguientes:

  • Es una tecnología descentralizada que podría ser aplicada a diferentes países.
  • Es interoperable, por lo que tiene un valor universal.
  • Tiene efectos de autenticación a nivel procesal.
  • Tiene efectos de cristalización, por lo que permite el aseguramiento de prueba.

Propuestas

  • Futurible tercer protocolo adicional al convenio de Budapest centrado en autenticación y conservación de prueba electrónica.
  • Creación de red blockchain privada dentro de la administración pública a nivel nacional y europeo.
  • Encaje procesal del blockchain 283 BIS, 588 octies lecrim/297 y 298 LECIV.
  • Cambio de paradigma para la obtención y conservación de pruebas. Web 3 e identidad autosoberana. 

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Ponente: Federico Bueno de Mata

Federico es profesor de Derecho Procesal en la Universidad de Salamanca y vicedecano de la Facultad de Derecho. Es autor de más de 100 publicaciones científicas, tiene reconocidos tres sexenios por la CNEAI y es director de varios másteres y cursos relacionados con la abogacía digital y legaltech

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