La excepción ibérica: sobre decisiones de Gobierno y declaraciones de las grandes empresas
Estos últimos días los precios de la electricidad han sido de nuevo noticia por dos razones
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Jordi Roca Jusmet, Universitat de Barcelona
Estos últimos días los precios de la electricidad han sido de nuevo noticia por dos razones. La primera, por un nuevo decreto gubernamental que busca ajustar los costes de generación eléctrica. La segunda, por unas declaraciones “bochornosas”, en palabras de la ministra para la transición ecológica, Teresa Ribera, del presidente de una de las dos mayores compañías eléctricas españolas.
Las subidas del gas y el precio de la luz
Vayamos por partes. En un artículo publicado en este mismo medio vimos cómo el aumento del precio del gas se había transmitido al precio mayorista del llamado pool de la electricidad. Así, se encarecieron tecnologías cuyos costes de producción no habían aumentado, entre ellas las nucleares y las hidroeléctricas (que explotan privadamente la concesión de un recurso público, el agua). Un negocio redondo conocido como el de los beneficios caídos del cielo.
En el siguiente gráfico se puede ver la evolución de los precios del pool en €/Mwh entre mediados de mayo de 2021 y la actualidad: se ha vuelto frecuente un precio superior a los 200 €/Mwh.
Como se explicaba en el citado artículo, el Gobierno español ya creó un mecanismo temporal de minoración de los beneficios caídos del cielo para cuando los precios del gas superasen los 20 €/Mwh. Adviértase que los precios del gas se traducen en precios de la electricidad que, por la misma cantidad de energía, son obviamente mucho mayores. Esto es así no solo por los otros costes que intervienen y por los márgenes de beneficios, sino, sobre todo, por las pérdidas energéticas en los procesos de transformación y por los costes de los permisos de emisión de CO₂.
Pues bien, ahora los Gobiernos español y portugués han logrado introducir un mecanismo adicional y complementario que afectará directamente al precio del pool.
Lo que se ha decidido (y que se aplicará en pocos días, dado que la Comisión Europea ya lo ha aceptado de facto y nada más queda su aceptación formal) es que el precio al que las eléctricas paguen el gas tenga un tope durante 12 meses: empezará en 40 €/Mwh durante los primeros seis meses, y luego aumentará mensualmente en cinco euros hasta alcanzar los 70 €/Mwh.
El valor es mucho mayor al inicialmente propuesto por el Gobierno español y no se entiende que se programe una tendencia tan creciente, pero no por ello debe infravalorarse el (relativo) éxito de la negociación en la UE, donde existían enormes reticencias (y una no disimulada presión del lobby de las grandes empresas eléctricas) a aceptar la “excepción ibérica” que se aplicará tanto en España como en Portugal.
No es fácil saber cómo afectará exactamente a los precios de referencia del pool eléctrico, pero es de prever que en los primeros seis meses no se superen los 120 o 130 euros y en todo el año de aplicación se sitúen siempre muy por debajo de los precios que han sido habituales desde finales del 2021.
La ministra Teresa Ribera ha sido contundente afirmando que, quizás por primera vez, “no pagarán los de siempre”, como sí pasó en la crisis financiero-inmobiliaria de principios de siglo, en la que los costes fueron a cargo de los presupuestos del Estado. Esta vez las medidas adoptadas afectarán a los beneficios de las empresas eléctricas.
Existirá una especie de subsidio para compensar a los vendedores de gas a las eléctricas por la diferencia entre el precio de mercado del gas y el tope establecido y esta compensación irá a cargo de los consumidores. No obstante, estos se verán beneficiados en términos netos porque solo la electricidad que se hace con gas (una parte minoritaria) se pagará a precio de gas y no todas las tecnologías.
¿Cómo afectará a los consumidores?
Aquí es necesario explicar que en España existen dos tipos de precios de la electricidad para los consumidores domésticos. Todos ellos pagan un componente en concepto de la energía adquirida y otro en concepto de peajes (costes de transporte y distribución de la electricidad) y cargas (otros conceptos en los que ahora no podemos entrar). Lo que los diferencia es cómo se determina el precio de la primera parte, la correspondiente a la energía adquirida.
El primer tipo de precio se conoce como Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y las comercializadoras más importantes están obligadas a ofrecerlo a los pequeños consumidores que lo deseen. En él, el precio de la energía se fija directamente según los valores del pool hora a hora (más un margen comercial). El segundo tipo de precio depende de un contrato libre entre consumidor y comercializadora.
Como ya hemos apuntado, el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, hizo unas declaraciones que, en el mejor de los casos, se pueden calificar de desafortunadas, aunque más bien parecen mal intencionadas (ante la polémica que se generó, tuvo que disculparse), en las que calificaba de “tontos” a los que pagaban el PVPC. Entre ellos, millones de sus clientes.
¿Son realmente tontos los que deciden acogerse al PVPC? Desde luego que no. Primero porque su información al decidir a qué tipo de contrato se acogen es muy limitada, pero también por otras dos razones adicionales:
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Muchos consumidores se ven forzados a estar acogidos al PVPC porque son los únicos precios que legalmente se pueden beneficiar de los descuentos del bono social. Se trata precisamente de los consumidores en situación social más vulnerable.
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Aunque el PVPC tiene la desventaja de ser muy volátil, ya que los precios del pool se trasladan directamente a las tarifas finales, la realidad es que históricamente el PVPC ha sido en general mucho más ventajoso que los precios del mercado libre, cuyas ofertas pueden resultar difíciles de entender para los consumidores. Ello se muestra en el cuadro siguiente, que hace referencia a los precios medios finales domésticos (incluyendo impuestos) para familias con potencia instalada inferior a 10 kW.
Puede verse cómo los precios del mercado libre son siempre significativamente mayores: hasta un 34 % superiores en 2020. Esto no es extraño teniendo en cuenta el carácter oligopolístico del mercado eléctrico español: por número de clientes, Iberdrola (sí, la empresa cuyo presidente, entre risas, llamaba “tontos” a los clientes con el PVPC) y Endesa tenían cada una un 34 % de cuota de mercado y Naturgy un 14 %. Más del 80 % del total en manos de tres empresas.
Es cierto que si los precios del pool se disparan, como ha pasado recientemente, los usuarios del PVPC se ven afectados de forma inmediata. En cambio, normalmente las tarifas fijadas por contrato no se revisan de modo inmediato y por ello el PVPC puede estar coyunturalmente por encima de los precios medios del mercado. Pero, dado que esos contratos se van a ir comprobando, es de esperar que esta situación no dure mucho tiempo.
Seguramente es conveniente una reforma del PVPC para evitar tanta volatilidad, y a ello se ha comprometido el Gobierno español ante la Comisión Europea para 2023, pero este es ya otro tema.
Por lo que se refiere al futuro próximo, el precio tope al gas que hemos analizado bajará los precios de la electricidad, y ello afectará de forma inmediata a los consumidores acogidos al PVPC. Dependiendo del tipo de contrato afectará también, de manera más o menos rápida, al resto de consumidores domésticos y a las empresas. Y, en particular, al sector industrial que, en general, ha celebrado la medida.
Jordi Roca Jusmet, Catedrático de Economía, Universitat de Barcelona
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.
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